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El BOE publica las condiciones de la Fase 1 a la que pasa la Región

El BOE publica las condiciones de la Fase 1 a la que pasa la Región

El BOE publica este sábado las condiciones específicas de la Fase 1 en la que entra la Región de Murcia a partir del lunes 11 de mayo

Por Redacción
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sietediasalhamagmailcom/15/15/21
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sábado 09 de mayo de 2020, 13:06h

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este sábado las condiciones de la Fase 1 en la que entran varias provincias, entre ellas, la Región de Murcia a partir del lunes 11 de mayo.

La movilidad entre municipios está permitida como ya apuntó este viernes el ministro de Sanidad, Salvador Illa, en su comparecencia vespertina para anunciar las provincias que pasaban de fase así como los criterios seguidos para ello.

En la orden ministerial y en cada uno de sus capítulos se recogen también las exigencias de higiene, limpieza y desinfección que se deben cumplir el locales comerciales, hostelería, restauración, instalaciones deportivas, lugares de culto, etc.

Movilidad entre municipios y reunión

La orden ministerial en su artículo 7.1 establece que “se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia” y sólo se podrá circular a otra parte del territorio en las excepciones ya previstas como motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.

En este artículo séptimo también se recoge la posibilidad de reunión de un máximo de 10 personas, respetando siempre las normas de distancia individual de dos metros y las medidas de higiene y seguridad.

Velatorios y entierros

Los velatorios podrán realizarse con un límite de 15 personas, entre familiares y allegados, además de, en su caso “un ministro de culto” y siempre respetando las medidas de seguridad e higiene establecidas: distancia mínima de dos metros, higiene de manos y “etiqueta respiratoria”.

Lugares de culto

Los lugares de culto podrán acoger a fieles siempre que no se supere un tercio de su aforo y respetando las medidas de seguridad de al menos un metro entre personas.

El límite de aforo deberá publicarse en un lugar visible del templo y no se podrá utilizar el exterior ni la vía pública para la celebración de actos de culto.

Además, los asientos que deban ser ocupados se señalizarán si fuese necesario para no superar el aforo permitido.

Es recomendado el uso de mascarilla y que se limpie y desinfecte las instalaciones antes de cada acto y durante el desarrollo de actividades se desinfectarán los objetos que se tocan con mayor frecuencia.

Además, el BOE establece que no se deben producir aglomeraciones a la entrada y salida, y las instalaciones deben disponer de geles hidroalcohólicos homologados en la entrada del lugar de culto.

Está prohibido el uso de agua bendecida y las abluciones rituales deberán realizarse en casa.

En los casos en los que la asistencia a actos religiosos sean en el sulo y se descalcen antes de entrar en el lugar de culto, se usarán alfombras personales y el calzado se ubicará embolsado y separado en los lugares habilitados para ello.

Además, se evitará el contacto personal durante el culto, la distribución de objetos, tocar o besar objetos de devoción y la actuación de coros.

Apertura de comercios y otros negocios

Los negocios y establecimientos comerciales de menos de 400 metros cuadrados podrán abrir a partir del lunes con un 30% de su aforo, garantizando las medidas de seguridad e higiene.

Los mayores de 65 años tendrán un horario preferente.

Pueden abrir, con cita previa, concesionarios, estaciones de ITV, centros de jardinería y viveros de plantas. También las administraciones de loterías y otros juegos estatales pueden volver a la actividad, salvo los que se encuentren en centros comerciales o parques comerciales.

Mercadillo semanal

Los Ayuntamientos podrán decidir la reapertura de los mercadillos dando preferencia a productos de alimentación y de primera necesidad. Los clientes no podrán manipular los alimentos. Los Ayuntamientos decidirán cómo se hará la reapertura, bien con un 25% de los puestos, garantizando la distancia entre ellos, o aumentar la superficie habitualmente utilizada para garantizar tanto la distancia entre puestos como un aforo limitado a menos de un tercio.

Terrazas, bares y restaurantes

Las terrazas pueden abrir al 50% de las mesas permitidas con la distancia física de al menos dos metros. “Se consideran terrazas al aire libre todo espacio no cubierto o todo espacio que estando cubierto esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos”.

Los Ayuntamientos podrán autorizar ampliar el espacio de las terrazas.

La ocupación máxima por mesa será de 10 personas siempre que se respete la distancia mínima interpersonal.

Los establecimientos pueden seguir manteniendo el servicio de recogida en local o reparto a domicilio.

Centro de Servicios Sociales

Abrirán al público para la atención presencial, aunque deberá primar la atención telemática, salvo casos que resulte imprescindible acudir al Centro.

Se garantizarán la disponibilidad de servicios de terapia, rehabilitación, atención temprana y atención diurna para personas con discapacidad o en situación de dependencia.

Coles, institutos y Universidad

Se permite la apertura de los centros educativos para labores administrativas siempre respetando las medidas de higiene y seguridad.

Bibliotecas y museos

Las Bibliotecas abrirán al público para el préstamo y devolución de obras, lectura en sala (no estudio) e información bibliográfica y bibliotecaria (no uso de ordenadores por parte de usuarios).

Los libros utilizados por los usuarios permanecerán en cuarentena, una vez devueltos, durante 14 días.

Los Museos pueden abrir con un tercio de su aforo previsto para cada sala y espacios públicos. No estarán disponibles al público elementos táctiles como tampoco las audioguías, folletos, etc.

Las visitas deben mantener las distancias de seguridad incluso los que esperan a acceder al museo. El servicio de consigna no estará disponible.

Actos y eventos culturales

Como ya se anunció se permite la celebración de actos hasta un máximo de 30 personas en lugares cerrados con disponibilidad de asientos y de hasta 200 personas si son al aire libre.

Cines, teatros, etc. deberán garantizar que se respetan las medidas de distancia de seguridad interpersonal, se primará la venta on line, y la limpieza y desinfección de las instalaciones.

Deportes

Los deportistas profesionales, para los que usen Centros de Alto Rendimiento así como compitan en Ligas profesionales, podrán reanudar sus entrenamientos siempre que se realicen de forma individual y respetando las distancias con su entrenador y otro personal.

Hoteles y alojamientos turísticos

Podrán reabrir, pero manteniendo sus zonas comunes cerradas al público.

Turismo activo y naturaleza

Se podrán realizar estas actividades en grupos de hasta 10 personas, por empresas registradas como tal y siempre bajo cita previa y garantizando las distancias interpersonales de seguridad.

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