El Real Decreto que regula las medidas del Estado de Alarma ha incluido algunas modificaciones más restrictivas.
Una de ellas es la obligatoriedad que quien viaje en un vehículo lo haga solo. Por lo que, un vehículo, un conductor. Es frecuente ver cómo grupos de trabajadores acuden a su puesto de trabajo compartiendo el mismo vehículo y ello aumenta exponencialmente el peligro de contagio.
Por ello, se ha modificado el Real Decreto y esta cláusula entrará en vigor a partir de la medianoche de hoy 18 de marzo de 2020.
De no cumplirse esta norma, las sanciones van desde los 300 a los 1.000 euros.