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Así quedan las medidas y restricciones por el Covid19

Así quedan las medidas y restricciones por el Covid19

El BORM ha publicado este miércoles las medidas y restricciones para la contención del coronavirus y sus variantes que afectan a la movilidad, reunión, uso de terrazas y el servicio de reparto a domicilio de los hosteleros, entre otras

Por Redacción
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sietediasalhamagmailcom/15/15/21
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miércoles 10 de febrero de 2021, 12:29h

El Boletín Oficial de la Región (BORM) ha publicado este miércoles los Decretos del Presidente y la Orden de la Consejería de Salud por la que se establecen medidas y restricciones para evitar la propagación del Covid19, con una de las novedades dirigida a atajar posibles brotes de las nuevas variantes del coronavirus, como es la llamada cepa británica, de la que se han confirmado, hasta el momento 30 casos en la Región, según los datos ofrecidos desde el Comité de Seguimiento.

Esta nueva medida se recoge en la Orden de Salud por la que se establecerán las medidas y restricciones de un nivel superior al vigente si se experimenta un incremento de los contagios superior al 40% en la Incidencia Acumulada (IA) a 7 días vista ya sea regional o municipal.

Igualmente, si ese incremento es superior al 80% inmediatamente se aplicarán las medidas contempladas para un nivel de alerta Extremo, que implica el cierre perimetral municipal, cierre de la hostelería y el resto de medidas que Alhama ha tenido en las últimas semanas antes de pasar al nivel Muy Alto esta semana.

Además, precisa el BORM que estas medidas de carácter extremo se podrán aplicar en áreas inferiores al municipio: "Este indicador de aumento de incidencia se podrá tomar en cuenta para la toma de medidas en áreas territoriales inferiores al municipio ante la sospecha de brotes producidos por las nuevas variantes".

El primer Decreto del Presidente publicado este miércoles en el BORM prorroga la limitación de reuniones a 2 personas no convivientes tanto en espacios públicos o privados. Además, precisa que en vehículos privados particulares únicamente podrán viajar personas convivientes.

Esta limitación de 2 personas no convivientes no se aplica para personas que vivan solas que podrán integrarse en un núcleo familiar ampliado, los menores de edad al cuidado de sus progenitores que vivan en domicilios diferentes y los cuidadores de manores, mayores solos, dependientes o con discapacidad o de especial vulnerabilidad.

El segundo Decreto del Presidente establece el cierre perimetral de los municipios con un nivel de riesgo de contagio Extremo que son: Yecla, Abarán, Albudeite, Ceutí, Cieza, Ulea, Mula, Beniel, Caravaca de la Cruz, Las Torres de Cotillas, San Pedro del Pinatar, Murcia, Jumilla, Bullas, Lorca, Campos del Río, San Javier, Alguazas, Moratalla, Molina de Segura, Cartagena, Fortuna, Santomera, Calasparra y Pliego.

Por su parte, la Orden de la Consejería de Salud establece los niveles de alerta de cada municipio (Alhama, Librilla y Totana, en nivel Muy Alto) así como las medidas y restricciones generales y específicas.

Hostelería

En los municipios donde la hostelería podrá abrir o mantener sus terrazas abiertas, en las mesas y sillas únicamente podrán sentarse personas que sean convivientes.

En esta orden se recoge también por primera vez la autorización a los hosteleros de continuar el reparto a domicilio de comida después de las 22:00 horas hasta su hora de cierre habitual.

Para todos los establecimientos y actividades de atención al público se mantiene el cierre de la atención presencial a las 20:00 horas y el toque de queda a las 22:00 horas.

Centros Sanitarios

Esta misma orden recoge la suspensión de las visitas de familiares a personas o pacientes en centros sanitarios; el cierre de los Centros de Día para Mayores y de Discapacidad de la Región así como su atención presencial y se suspenden las visitas familiares a las Residencias de Mayores.

Deportes

En materia deportiva, los establecimientos, como los gimnasios, se regirán por las mismas medidas que el resto de actividades de atención al público, es decir, cierre de atención a las 20:00 horas. Además, en la práctica deportiva no profesional y no federada el límite será de cuatro personas salvo convivientes.

Tanto los decretos del presidente como la orden de Salud estarán vigentes hasta que se publique un nuevo decreto u orden que modifique estas medidas.

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