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¿Cumples los requisitos para percibir el Ingreso Mínimo Vital?
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¿Cumples los requisitos para percibir el Ingreso Mínimo Vital?

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha habilitado un simulador y un teléfono gratuito de información 900 20 22 22. El periodo de solicitudes comenzará el próximo 15 de junio

Por Redacción
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martes 02 de junio de 2020, 11:32h

El pasado viernes el Consejo de Ministros dio luz verde al Ingreso Mínimo Vital que ha salido publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) este lunes.

Además, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha habilitado un simulador con carácter informativo para que los ciudadanos comprueben si, en principio, cumplen con los requisitos para percibir el Ingreso Mínimo Vital.

Este simulador realiza una serie de preguntas como el tiempo de residencia en España así como las personas que conforman la unidad familiar y las rentas percibidas el año pasado, entre otras preguntas y recuerda en su conclusión simulada que se trata de datos meramente informativos.

Además del simulador, el Ministerio ha habilitado un número gratuito de información 900 20 22 22 para que los ciudadanos puedan resolver sus dudas.

También ha editado una guía práctica del Ingreso Mínimo Vital con las preguntas frecuentes en relación a esta prestación que puedes consultar aquí.

El plazo para solicitar el Ingreso Mínimo Vital comienza el próximo 15 de junio.

¿En qué consiste?

El Ingreso Mínimo Vital es una prestación para hogares de cualquier tamaño, también los unipersonales. En cada hogar habrá un titular que solicitará la prestación. Si el hogar está formado por una sola persona el titular tendrá entre 23 y 65 años y llevar al menos tres años constituido como hogar. Si el hogar tiene dos o más miembros, de manera general la edad del titular estará entre 23 y 65 años salvo en los casos en que se cuente con menores a cargo. Estos hogares deberán llevar constituidos al menos un año.

Para todos los tipos de hogar se requerirá al menos un año ininterrumpido de residencia legal y efectiva en España, excepto en las situaciones de violencia de género, trata y explotación sexual.

Para que le sea reconocida la prestación, el hogar debe tener unos ingresos totales inferiores a la renta garantizada para su tipo de unidad de convivencia. Además, para certificar que el Ingreso Mínimo Vital llegue a los hogares más vulnerables, se exigirá un patrimonio (descontando la vivienda habitual) inferior a 3 veces la renta garantizada anual para un hogar unipersonal, con una escala de incrementos por número de miembros en el hogar.

¿Cuándo se puede solicitar y cómo?

La prestación se percibirá mensualmente y se cobrará en 12 pagas. Se podrá solicitar a partir del 15 de junio, aunque, para las solicitudes presentadas en los tres primeros meses, se concederá con efectos retroactivos al 1 de junio. Además, durante el primer mes de vigencia de la prestación, se actuará de oficio para que se abone a unos 100.000 hogares que cumplen los requisitos, sin que sea necesario que la soliciten.

La solicitud será multicanal. Se podrá presentar a través de la sede electrónica de la Seguridad Social o enviando la documentación por correo ordinario. Además, se permitirá el acceso a través de los ayuntamientos una vez se firmen los convenios previstos y en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social cuando retomen la atención al público. Para facilitar información a los posibles beneficiarios, se pondrá en marcha un teléfono 900 y un simulador en la página web de la Seguridad Social, donde también se podrán consultar dudas a través del asistente virtual.

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