Hoy se disolverán las Cortes y se procederá a la convocatoria de Elecciones Generales que se celebrarán, según los plazos legales, el 10 de noviembre.
Como ya se pusiera en marcha la pasada convocatoria del 28 de abril, los ciudadanos que así lo deseen pueden darse de baja de la base de datos del censo que se facilita a los partidos políticos para el envío de la propaganda electoral.
Este trámite se puede realizar a través de la página web del Instituto Nacional de Estadística (INE), eso sí, teniendo previamente el certificado electrónico, "reconocido por la plataforma de validación @firma del Ministerio de Política territorial y Administraciones Públicas y validado por la Oficina del Censo Electoral, o mediante el sistema Cl@ve", precisa el INE.
"Este procedimiento permite la cumplimentación vía web de la solicitud de exclusión/inclusión en las copias del censo electoral que se entregan a los representantes de las candidaturas para realizar envíos postales de propaganda electoral.
Las exclusiones para el envío de propaganda electoral, solicitadas hasta el día decimotercero posterior a la convocatoria de unas elecciones, se repercutirán en las copias del censo electoral vigente de esas elecciones que se entregarán a los representantes de las candidaturas proclamadas", explica el INE en su web.
Si no tiene el certificado electrónico, puede solicitar la exclusión en el Ayuntamiento, consulado o en la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, cumplimentando el impreso normalizado que le facilitarán.