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Juzgados de Totana, donde inicialmente se juzgó el caso en 2014
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Juzgados de Totana, donde inicialmente se juzgó el caso en 2014

Una disputa por unas lindes y un camino acaba en paliza y juicio

Los tres acusados niegan que golpearan y causaran lesiones a su víctima en un paraje de Alhama. Sin embargo, la Audiencia Provincial ha confirmado que deben pagarle una indemnización de 300 euros

Por Redacción
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sietediasalhamagmailcom/15/15/21
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martes 12 de febrero de 2019, 00:11h

Los hechos ocurrieron hace casi un lustro, en junio de 2014. El Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 2 de Totana condenó a los tres acusados a pagar una indemnización total de 300 euros. Causaron a su víctima lesiones que tardaron una semana en curar, con tres días impeditivos.

Los tres condenados recurrieron argumentando que se ha hecho una incorrecta valoración de las pruebas y, por lo tanto, se ha vulnerado su derecho a la presunción de inocencia.

En el relato de hechos probados que realiza el juez de Totana se afirma que los tres acusados agredieron al denunciante "golpeándole y tirándole al suelo cuando se encontraron en un camino del Pasaje El Duende-Bancal La Conquetas de Alhama de Murcia".

Los denunciados reconocieron que hubo empujones mutuos. Sin embargo, al ser tres contra uno, sólo el denunciante sufrió lesiones.

El origen de los hechos
El desacuerdo sobre lo ocurrido hace cinco años llega hasta en el origen de los hechos. La víctima afirma que circulaba en su coche cuando se cruzó con el vehículo en el que iban los tres acusados. Uno de ellos, el que conducía, dio un volantazo y golpeó en el espejo retrovisor. Al bajarse para ver qué desperfectos había sufrido, los tres se abalanzaron sobre él y le agredieron.

En cambio, los tres acusados aseguran que ese día se encontraban en una finca de su propiedad. Estaban retirando piedras de un camino que el denunciante y su familia habían cerrado. Éste, al verlos, "montó en cólera y los amenazó, insultó y agredió, sin llegar a caer al suelo en ningún momento":

En su recurso, los condenados indican que el denunciante pudo haber actuado movido por el resentimiento, la enemistad y la venganza "pues desde hace muchos años ambas familias están enemistadas por unos linderos". De hecho, aseguran que el denunciante y sus familiares interponen constantemente denuncias contra ellos sin que hasta la fecha hayan sido condenados. "Además, la madre del denunciante interpuso procedimiento civil, pendiente de sentencia, en reclamación de la posesión del camino", indican en su recurso.

Autolesiones
Los condenados insisten en su recurso en que no agredieron al denunciante. Y sugieren que "él se ha podido causar las lesiones o tener (éstas) su origen de cualquier otra manera".

Frente a todos esos argumentos, la Audiencia Provincial no alberga ninguna duda: "lo que pretenden los recurrentes es que prevalezca su valoración probatoria, sesgada e interesada, frente a la del tribunal sentenciador".

Los magistrados consideran que "la conclusión condenatoria que contiene la sentencia es acertada. Se trata de un juicio de inferencia cabal, coherente, sensato y ajustado a las máximas de la experiencia y la lógica que desvirtúa la presunción de inocencia".

Y contra esta última sentencia no cabe recurso alguno, señala el fallo de la Audiencia del pasado enero.

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