Los bares y restaurantes de Alhama podrán reabrir el interior de sus establecimientos con un aforo limitado al 30% y al 100% en las terrazas. El servicio de barra seguirá cerrado a partir del miércoles 9 de diciembre cuando entren en vigor las nuevas medidas adoptadas hoy en el Comité de Seguimiento del Covid19.
Así, a falta de la publicación en el BORM, según ha informado el portavoz técnico, Jaime Pérez, Alhama se mantiene aún esta semana en un nivel de alerta "muy alto", junto a 13 municipios, entre los que también se encuentra Totana.
El aforo en el interior de los comercios será del 50% y del 75% en los mercadillos al aire libre.
Igualmente, a partir del miércoles, se levantará el cierre perimetral del municipio, pero se mantienen hasta el 6 de enero:
- Se mantiene el cierre perimetral de la Región de Murcia.
- Se mantiene el toque de queda en los mismos horarios (de 23h a 06h).
- Se mantiene el máximo de reunión en 6 personas.
- La Región de Murcia pasará a Fase 1 asistencial que implica entre otras cosas:
-Se levanta el cierre perimetral de 43 municipios (salvo Los Alcázares y Torre Pacheco, que permanecen en riesgo extremo)
-En cuanto a la hostelería, todos los establecimientos hosteleros de la Región podrán abrir sus terrazas.
-En 43 de ellos (salvo los dos que permanecen en riesgo extremo), estos establecimientos podrán abrir sus interiores en mayor o menor medida, dependiendo de su situación epidemiológica.
El próximo 23 de diciembre se decretarán las medidas a adoptar en el periodo navideño. Previsiblemente:
- El aforo de las reuniones (tanto en domicilios como establecimientos hosteleros) se ampliará a 10 personas en los días 24, 25, 31 y 1 de enero. Y se revisará la situación para Reyes.
- Se permitirá la entrada en la Región de Murcia a personas que acudan a reunirse con sus familiares en los días señalados.
- Se ampliará, también en esas fechas, el horario del toque de queda que se establecerá de las 01:30 a las 06:00.
La Región solicitará al Consejo Interterritorial de Salud Nacional que autorice a las comunidades autónomas a decidir si, en las fechas señaladas, se permite la movilidad solo de familiares o de familiares y allegados.