El Boletín Oficial de la Región (BORM) ha publicado este domingo y ya en vigor las nuevas normas de prevención del Covid19 que ya adelantó el Gobierno estatal que va a aplicar, después de la entrada en vigor en Galicia de la prohibición de fumar en la calle cuando no se pueda mantener la distancia de seguridad.
Además de esta prohibición, se suma la de hacer botellones y la limitación a 10 personas las reuniones y el cierre de las discotecas.
Estas normas se recogen en el artículo 4 del citado decreto (íntegro aquí):
-Con carácter general, la participación en cualquier agrupación o reunión de carácter privado o no regulado se limita a un número máximo de 10 personas, tenga lugar tanto en espacios públicos como privados.
-Los ciudadanos deberán procurar reducir en la medida de lo posible sus encuentros sociales, limitando su participación a su grupo de convivencia estable o habitual.
- Se prohíbe el consumo de alcohol en la vía pública, así como la realización de botellones, fiestas espontáneas y, en general, de cualquier actividad no regulada, en espacios públicos o privados, que impliquen aglomeraciones y no sean previamente autorizadas.
- Tampoco se podrá fumar en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia mínima interpersonal de, al menos, 2 metros. Esta limitación será aplicable también en el ámbito de las terrazas de los establecimientos de hostelería y restauración.
- Queda suspendida la actividad de los establecimientos de ocio dedicados a discotecas, salas de baile, karaoke, pubs, bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo, a que se refiere el subapartado 9 del apartado II del anexo del Acuerdo de Consejo de Gobierno de 19 de junio de 2020.
-Específicamente, a los efectos de procurar una detección lo más precoz posible de contagios y posibles brotes, se realizarán cribados con pruebas PCR en aquellas poblaciones de riesgo y potencialmente expuestas, tales como, residentes en centros socio-sanitarios, municipios, pedanías o barrios con transmisión comunitaria o con alto índice de contagios, centros educativos, bloques de viviendas afectadas, colectivos vulnerables etc.
-En el ámbito de los centros residenciales sociosanitarios o de servicios sociales de personas mayores y personas con discapacidad, sin perjuicio de las medidas específicas y protocolos e instrucciones que aprueben las autoridades competentes en materia de servicios sociales y siempre que no estuviesen ya previstas, por los titulares de los centros se deberán implementar las siguientes medidas y actuaciones de ámbito sanitario:
>Se realizarán pruebas PCR a todos los nuevos ingresos de residentes con 72 horas de antelación como máximo. También se realizará a los trabajadores de las residencias que regresen de permisos y vacaciones, así como a los nuevos empleados que se incorporen al centro. Se podrá, en su caso, establecer la realización periódica de pruebas PCR a los trabajadores de estos centros que tengan contacto directo con residentes, de conformidad con los protocolos elaborados por los órganos competentes en coordinación con las autoridades sanitarias.
>Se deberán limitar las visitas a una persona por residente, extremando las medidas de prevención, y con una duración máxima de una hora al día. Se garantizará el escalonamiento de las visitas a los residentes a lo largo del día. Estas medidas se podrán exceptuar en el caso de personas que se encuentren en proceso del final de la vida, de conformidad con los protocolos elaborados por los órganos competentes.
>Se limitarán al máximo las salidas de los residentes de los centros sociosanitarios.