El Boletín Oficial de la Región (BORM) ha publicado este viernes con entrada en vigor inmediata de la orden de restricción de movilidad de los ciudadanos. Un cierre perimetral de la Región y de los municipios que impedirá hasta el 9 de noviembre la movilidad salvo en casos de:
a)Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
b) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
c) Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
d) Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
g) Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
h) Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
i) Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
j) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
k) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
La vigencia de esta medida, que se suma a las ya adoptadas sobre el toque de queda, la vuelta a la Fase 1 flexibilizada de 10 municipios y las restricciones de aforo y ocupación en comercios y hostelería, entre otros, se mantendrá hasta el 9 de noviembre y podrá ser prorrogada en las mismas condiciones, con modificaciones o dejada sin efecto según la evolución de la pandemia.