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Guía práctica para autónomos en tiempos del COVID-19

Guía práctica para autónomos en tiempos del COVID-19

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha elaborado una guía práctica con las preguntas más frecuentes sobre las medidas adoptadas para los autónonos

Por Redacción
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martes 07 de abril de 2020, 12:49h
El ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha elaborado una guía práctica con las preguntas más frecuentes sobre las medidas adoptadas para los autónonos.

Se han puesto en marcha nuevas prestaciones para trabajadores por cuenta propia con el objetivo de paliar los efectos negativos sobre sus negocios de la pandemia del COVID-19.
Esta guía actualizada trata de resolver la mayor parte de las dudas sobre las medidas aprobadas
Puedes consultarla, AQUÍ.
Los autónomos que desarrollan actividades que no se hayan visto suspendidas por las medidas de contención previstas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y el resto de normas que lo desarrollan, pueden continuar prestando sus servicios normalmente. Éstos pueden seguir trabajando y no se ven afectados por las medidas adoptadas por el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19.
En esta guía se encontrarán todas las iniciativas y medidas puestas en marcha por el Gobierno central tras el decreto de estado de alarma por la pandemia del coronavirus:

Se ha creado una línea de avales del Estado a través del ICO por importe de 100.000 millones para empresas y autónomos, de manera que puedan cubrir necesidades de financiación.
Las empresas podrán solicitar créditos a la banca privada contando con el aval del Estado.
Se ha reforzado la normativa sobre inversiones exteriores para impedir que la caída de la cotización de las empresas españolas las haga presas de compañías de fuera de la Unión Europea.
Se crea una línea dotada con 2.000 millones de euros para las empresas exportadoras.
Se va a dotar con 250 millones la adaptación de las pymes a entornos digitales y soluciones de trabajo no presenciales a través de proyectos de I+D+i o adquisición de equipamiento.
Para la protección del empleo de pymes y autónomos, se ha aprobado una moratoria de seis meses para el pago de impuestos a trabajadores por cuenta propia y a pequeñas y medianas empresas, hasta un máximo de 30.000 euros, que permitirá inyectar 14.000 millones al sistema productivo. Y para las bajas temporales, la Seguridad Social abonará el 75% de los salarios.
Para proteger a los sectores productivos más afectados por la crisis como el transporte y el turismo, se ha dotado una línea del ICO con más 400 millones para empresas turísticas, transporte y hoteleras.
Para preservar empleo, se amplían las bonificaciones a la Seguridad Social en contratos fijos discontinuos para que cubran los contratos de febrero a junio de 2020. Además, se van a flexibilizar los derechos de uso (slots) para que las compañías aéreas decidan si los usan o no sin miedo a perderlos.
Se van a movilizar más de 200.000 millones de euros para contrarrestar la fuerte caída de actividad, (117.000 millones de euros proceden del sector público, el resto, llegará del sector privado).
Se habilita a la Seguridad Social para conceder moratorias en el pago de las cotizaciones sociales a empresas y autónomos y se permite el aplazamiento del pago de deudas con la Seguridad Social hasta el 30 de junio.
Los autónomos y las autónomas que accedan a la prestación por cese de actividad podrán aplazar sin cargo la cuota de la Seguridad Social de marzo por los días que hayan trabajado.
Se incluyen en la moratoria de las hipotecas los inmuebles afectos a la actividad económica de autónomos y autónomas.
Se establecen diferentes medidas para que los autónomos y las empresas que se hayan visto afectadas por el COVID-19 puedan flexibilizar el pago de suministros básicos como la luz, el agua o el gas, llegando incluso a la posibilidad de suspender el pago. Las cantidades adecuadas se abonarán como máximo a los seis meses siguientes a la finalización del estado de alarma.
Se flexibilizan los procedimientos de las convocatorias de préstamos o ayudas a la Secretaria General de Industria y de la Pyme. Se podrán solicitar modificaciones en los cuadros de amortización de préstamos ya concedidos a proyectos industriales.
Se amplía en 60 millones de euros la dotación para CERSA (Compañía Española de Reafianzamiento).
Se habilita al ICEX para la devolución a las empresas que hayan incurrido en gastos no recuperables por las cuotas pagadas para participación en ferias u otras actividades de promoción internacional que hayan sido convocadas por la institución y se hayan visto canceladas, aplazadas o afectadas por el COVID-19.
Se suspende, durante un periodo de un año y sin necesidad de solicitud previa, el pago de intereses y amortizaciones de los créditos concedidos por la Secretaria de Estado de Turismo.
Se incluye al CDTI entre los organismos que podrán agilizar las ayudas y aportaciones al sector empresarial, con el fin de fomentar la innovación en la lucha contra la pandemia.
Se introduce flexibilidad en la comercialización de combustibles.
Se amplía en dos meses desde la finalización del estado de alarma los permisos de acceso y conexión de las redes eléctricas.
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