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Aprobada la ordenanza que regula los patinetes eléctricos

Aprobada la ordenanza que regula los patinetes eléctricos

Tras el periodo de exposición pública y sin que se hayan presentado alegaciones, las nuevas normas para los Vehículos de Movilidad Personal entra en vigor mañana sábado

Por Redacción
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sietediasalhamagmailcom/15/15/21
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viernes 24 de julio de 2020, 10:45h

El Boletín Oficial de la Región (BORM) ha publicado este viernes la aprobación definitiva de la ordenanza municipal de circulación, que regula el uso de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), entre los que se encuentran los patinetes eléctricos.

Después del periodo de exposición pública y sin que se hayan presentado alegaciones a las modificaciones del texto, la nueva ordenanza entra en vigor mañana sábado 25 de julio, según recoge el BORM.

Consulta aquí la ordenanza completa.

Desde el pasado septiembre se ha trabajó en el borrador del texto al que se ha incorporado la instrucción emitida al respecto por la Dirección General de Tráfico el pasado diciembre.

En el pleno de febrero de este año aprobó por unanimidad el texto que ahora entra en vigor.

En la ordenanza se incluye la definición dada por la DGT para los VMP, en esencia, son vehículos de una sola plaza y con una velocidad máxima de 25 km/h.

Pueden ser utilizados por personas mayores de 14 años y podrán circular por la calzada y calles de plataforma única y los carriles-bici señalizados.

Sin embargo, no podrán circular por aceras, vías peatonales y los parques y jardines.

Podrán estacionar en los aparcamientos habilitados para bicicletas y motos, pero no enganchados a un árbol, bancos, semáforos o cualquier otro elemento del mobiliario urbano, especialmente, si afecta al tránsito de peatones o personas de movilidad reducida (PMR).

La ordenanza también incluye una serie de recomendaciones, en cuanto a los requisitos no obligatorios, así como un régimen sancionador.

Recomendaciones y sanciones

El uso del casco es obligatorio para mayores de 16 años, aunque es muy recomendable utilizarlo de manera generalizada. No obstante, será obligatorio para los menores de entre 14 y 16 años.

Por la noche deberán utilizar chaleco reflectante y el vehículo deberá tener su correspondiente alumbrado según sus características técnicas.

Sin embargo, no es obligatorio aunque sí recomendable disponer de un Seguro de Responsabilidad Civil.

Se prohíbe circular en VMP bajo los efectos del alcohol y las drogas y sus propietarios estarán obligados a someterse a las pruebas de alcoholemia y test de drogas que se le requiera por parte de la Policía Local.

Está igualmente prohibido circular con cascos o auriculares ni utilizar el teléfono móvil.

Sanciones

- Para los menores de 18 años, de las infracciones y sanciones impuestas responderán sus padres.
- Circular más de una persona en el mismo VMP conlleva una sanción de 200 euros.
- Con la misma cantidad si se utilizan auriculares o el teléfono móvil durante la conducción del patinete.
- Una conducta negligente o temeraria conlleva una sanción de 500 euros.
- Igualmente, se sancionará como infracción muy grave circular bajo los efectos del alcohol o las drogas.
- Sanciones más leves, de 70 euros de cuantía, se establece para infracciones como aparcar en lugares no permitidos así como circular sin casco cuando sea obligatorio.

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