Tribunales

Alhama busca un juez de paz para los próximos 4 años

(Foto: Archivo).

El Boletín Oficial de la Región ha publicado hoy viernes la convocatoria que será designado por el Pleno del Ayuntamiento entre los candidatos que lo soliciten

Redacción | Viernes 19 de julio de 2019


Alhama de Murcia busca un juez de paz titular para el municipio.

El Boletín Oficial de la Región (BORM) ha publicado hoy viernes la convocatoria y el plazo para la presentación de solicitudes entre los interesados en optar a este puesto durante los próximos cuatro años.

El Pleno del Ayuntamiento aprobará al nuevo juez de paz de entre los candidatos que lo soliciten en el plazo de 20 días hábiles desde la publicación en el BORM.

La selección se abordará en la siguiente sesión del pleno y deberá ser aprobado por mayoría absoluta.

Según recoge el BORM, "podrá ser nombrado Juez de Paz, quien, aun no siendo licenciado en derecho, reúna los requisitos establecidos en la L.O.P.J., para el ingreso a la carrera judicial, excepto los derivados de la jubilación por edad, siempre que ésta no suponga impedimento físico o psíquico para el cargo".

"Durante su mandato los Jueces de Paz estarán sometidos al régimen de incompatibilidades y prohibiciones reguladas en los artículos 389 a 397 de la LOPJ, en lo que les resulte aplicable. En todo caso tendrán compatibilidad para el ejercicio de las siguientes actividades:

a) Dedicación a la docencia o a la investigación jurídica.
b) El ejercicio de actividades profesionales o mercantiles que no impliquen asesoramiento jurídico de ningún tipo y que, por su naturaleza, no sean susceptibles de impedir o menoscabar su imparcialidad o independencia, ni puedan interferir en el estricto cumplimiento de los deberes judiciales.

Los candidatos deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español y mayor de edad.
b) No estar incurso en alguna de las causas de incapacidad que establece la Ley.

Los candidatos que deseen participar deberán presentar una solicitud en Secretaría General del Ayuntamiento, suscrita por el interesado, a la que adjuntará los documentos siguientes:

a) Certificación de nacimiento o fotocopia autentificada del D.N.I.
b) Declaración responsable, en la que se haga constar los siguientes extremos:
- Que no ha sido condenado por delito doloso (o, en su caso, que ha sido rehabilitado).
- Que no está procesado o inculpado por delito doloso.
- Que está en pleno ejercicio de sus derechos civiles.
- Que es español, mayor de edad, no está impedido física o psíquicamente para la función judicial y que va a residir en la localidad, salvo autorización de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia.
- Que no está incurso en ninguna de las causas de incapacidad, incompatibilidad o prohibición de los artículos 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

c) Justificación de los méritos que alegue el solicitante".

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