El Ministerio del Interior unifica los criterios a la hora de sancionar a los que incumplen las medidas de confinamiento del estado de alarma por la pandemia del coronavirus
Redacción | Jueves 16 de abril de 2020
El Ministerio del Interior ha unificado los criterios a la hora de sancionar a los que incumplen, especialmente de manera reiterada, las medidas de confinamiento dentro de las medidas del estado de alarma decretado por la pandemia del coronavirus.
Estos criterios vienen a precisar las cuantías de las sanciones según el o los comportamientos de los infractores en un documento que han publicado a lo largo de este jueves varios medios de comunicación, entre ellos, RTVE, así como hace unas horas el perfil en Twitter de la Policía Local de Murcia para general conocimiento.
Según ese documento, las infracciones y sus cuantías correspondientes quedan así:
- Desplazamiento no autorizado: Sin circunstancias concurrentes, 601 euros.
- Actitu inapropiada del infractor:
- Menosprecio: 2.000 euros
- Intimidación, cuando no constituya infracción penal: 3.000 euros
- Violencia o amenaza, cuando no constituya infracción penal: 10.400 euros
- Persistencia referida a restricciones a la libre circulación:
- Propuesta de sanción sometida a variabilidad en razón de la persistencia: 1.200 euros.
- Persistencia referida a realización de actividades no permitidas en establecimientos comerciales o industriales:
- Propuesta de sanción sometida a variabilidad en razón de la persistencia: 2.000 euros
- Presencia de Menores, personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad, en especial en el vehículo sin causa justificada: 1.500 euros
- Desplazamiento no autorizado: En compañía, número de personas: 1.500 euros
- Desplazamiento no autorizado hacia segunda residencia: 1.500 euros
- No identificación inicial debido a dificultades propiciadas dolosamente por la persona infractora: 700 euros
- Actuación deliberada del infractor para evitar o dificultar su identificación: 1.500 euros
- Organización o participación en actividades en común, festejos, celebraciones, etc.:
- Nivel de Riesgo elevado en virtud del número de personas, circunstancias y proximidad: 10.400 euros.
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