Desde el Gobierno Regional acaban de comunicar la publicación en el Boletín Oficial de la Región (BORM) de la Orden que amplía las medidas restrictivas por el coronavirus a los locales y establecimientos de ocio de todos los municipios de la comunidad.
Así lo había informado esta mañana el presidente Fernando López Miras a través de un comunicado que se ha materializado ahora en la Orden correspondiente y que entra en vigor en el momento de su publicación en el BORM.
Además, la orden enumera los tipos de establecimientos afectados por este cierre temporal para la prevención y contención del contagio del Covid19 que hasta el momento estaba decretado en los siete municipios costeros.
Los locales de restauración únicamente podrán abrir si tienen servicio de reparto a domicilio o para su recogida en el local y consumo a domicilio.
Quedan pues cerrados estos establecimientos y locales:
-Cines
-Teatros
-Auditorios
-Circos
-Establecimientos de espectáculos deportivos
-Recintos Feriales
-Casinos
-Salas de bingo
-Tiendas de apuestas
-Salones de juego
-Estadios deportivos
-Pabellones deportivos
-Recintos deportivos
-Clubes deportivos
-Pistas de patinaje
-Gimnasios
-Piscinas de competición
-Piscinas recreativas de uso colectivo
-Parques acuáticos
-Balnearios
-Espacios y piscinas termales
-Salones recreativos
-Parques multiocio
-Museos
-Bibliotecas
-Salas de conferencias
-Salas polivalentes
-Salas de conciertos
-Restaurantes
-Salones de banquetes
-Cafeterías
-Bares
-Heladerías
-Establecimientos para actividades zoológicas, botánicas y geológicas
-Salas de fiestas
-Pubs
-Cafés-espectáculo
-Centros de ocio infantil
-Merenderos
-Espectáculos taurinos
Además, se consideran como establecimientos comerciales y, por tanto, deben cerrar sus puertas:
-Peluquería
-Centros de estética y salones de belleza.
-Centros de manicura y pedicura.
-Centros de masaje.
-Centros de depilación.
-Centros no sanitarios de servicios de mantenimiento corporal.
Puedes consultar la Orden completa publicada en el BORM aquí.