Tribunales

Rechazan indemnizar a un totanero porque los arruí comen sus cultivos

El TSJ de Murcia rechaza el pago de 37.660 euros pues no se ha probado, entre otros hechos, los daños que un totanero alega haber sufrido en sus fincas, colindantes al Parque Regional de Sierra Espuña

Redacción | Miércoles 05 de febrero de 2020


El Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha rechazado indemnizar a un totanero con 37.660 euros que solicitaba por los daños que sus almendros han sufrido a causa, sostenía, de los arruís y mufones que habitan Sierra Espuña.

El tribunal confirma así la primera sentencia dictada por el Contencioso de Totana y abunda que, entre otros hechos, no ha quedado probado que los daños que alega en los almendros de sus fincas sean causados por arruís.

Concretamente, la Sala destaca, en su dictámen, que el informe del jefe de Comarca medioambiental del Parque Regional de Sierra Espuña no solamente detalla daños en los árboles causados por el arruí sino que también hay daños de jabalí.

El tribunal, además, llama la atención sobre la propiedad de las fincas por parte del denunciante, pues “en nada coinciden las superficies que tiene en cuenta el perito para cada finca, con las del catastro ni con las de las escrituras de compraventa”.

Sin valla cinegética y daños de los años 80

La sala del TSJ de Murcia también duda, explica en su sentencia, de que el propietario de las fincas cumpliera con las obligaciones que le corresponden como la presentación de una Memoria Ambiental, la cual “no consta”; y la instalación de una valla cinegética que no ha quedado acreditada, apunta el tribunal: “De hecho, los agentes medioambientales que declararon así lo manifestaron, poniendo de manifiesto que, pese a la puesta a disposición de la valla cinegética, la misma no fue instalada por el solicitante. Los agentes dijeron haber comprobado que sólo estaban instalados los palos de sustento de la valla, pero no ésta”.

Los mismos agentes medioambientales también declararon que “de los daños inspeccionados y por los que se reclama, traen cuenta de los años 80, sin que se hubiera actuado de ninguna manera sobre los mismos”.

En este sentido, el tribunal argumenta que el denunciante no ha dado cuenta de los daños, por ejemplo, a la Asociación de Propietarios del Entorno de Sierra Espuña; tampoco hay quejas o reclamos similares según informes de los Ayuntamientos de Alhama, Librilla y Mula y los técnicos municipales de Totana tampoco tienen registro de denuncias por daños agrícolas por la población de arruí.

Es por ello que se desestima el recurso y, por tanto, se rechaza la pretensión del denunciante que reclamaba 37.660 euros por los daños en tres parcelas cultivadas de almendros, otros frutales y olivos.

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