Tribunales

Sorprendidos con 70 kg. de hachís, seguirán en prisión provisional

(Foto: Archivo).

Ambos fueron detenidos por los agentes cuando pretendían introducir la droga en un garaje de la calle Marcos Redondo

Redacción | Jueves 25 de abril de 2019


La Audiencia Provincial de Murcia ha ratificado la prisión provisional decretada para dos alhameños detenidos por un presunto delito contra la salud pública.

En dos autos, el tribunal rechaza el recurso presentado por la defensa de los detenidos.

En ambos casos, la defensa alega que tienen “domicilio estable, esposa española, con quien convive, y trabajo fijo” y se muestran dispuestos a presentarse en el juzgado cuando fuese necesario.

Sin embargo, el tribunal de la Audiencia considera que la prisión provisional debe mantenerse pues el motivo de arraigo no es suficiente.

70 kilos de hachís

Según recoge el auto dictado por el tribunal, uno de los detenidos era el conductor de una furgoneta a la que se había acoplado un remolque que contenía la droga.

Con él había dos personas más, que se dieron la fuga cuando fueron sorprendidos por los agentes. Uno de los huidos fue detenido en un huerto cercano tras haberse lesionado en la huída.

El auto precisa que los implicados detenidos fueron sorprendidos “cuando pretendían meter el remolque en el que se transportaba droga (54 bultos con 10 pastillas cada uno y 155 pastillas sueltas, de resina de hachís, que arrojaron un peso bruto de 70 kg.) en el garaje sito en calle Marcos Redondo de la localidad de Alhama de Murcia, tras haber desenganchado el mismo, momento en el que intervinieron los agentes”.

El abogado de la defensa de cada uno de ellos sostiene en su recurso que el letrado no pudo rebatir la petición de prisión provisional de la Fiscalía en el momento de la comparecencia en el Juzgado, al no tener acceso a información “esencial” de la investigación al estar bajo secreto de sumario.

Este argumento también es rechazado por la Audiencia en ambos autos. “Carece de fundamento y no pasa de ser retórico”, recoge el auto y abunda que el letrado no solicitó el acceso a la información en su momento.

Motivos para el decreto de prisión provisional

Nuestro ordenamiento jurídico recoge la orden de prisión provisional, entre otros motivos, cuando:

  • Existe un evidente riesgo de fuga por falta de arraigo, por ejemplo, o ante la pena a la que pudiera ser condenado si ésta es alta;
  • Existe riesgo de reiteración delictiva;
  • O si existe riesgo de que el encausado pueda obstruir la acción de la justicia o destruir pruebas.

También se puede contemplar, en algunos casos, la alarma social que haya suscitado el hecho delictivo.

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