Tribunales

Detenidos con 86,5 gramos de cocaína, pero no irán a prisión

Un vecino de Alhama y otro de Sevilla han sido condenados a dos años de cárcel y a pagar una multa de 1.550 euros en doce plazos

Redacción | Sábado 17 de noviembre de 2018


Ocurrió hace casi cuatro años en Murcia y ahora la Sección Tercera de la Audiencia Provincial ha impuesto a ambos una pena de dos años de cárcel. Sin embargo, ninguno entrará en prisión. Uno quedará en libertad porque no tiene antecedentes penales y el otro porque, aunque sí los tiene, no son computables. Al comenzar el juicio, el pasado 1 de octubre el fiscal modificó su escrito de acusación. Y a continuación, las defensas se mostraron de acuerdo con la pena solicitada por el Ministerio Público para cada procesado por sendos delitos contra la salud pública de sustancias que causan grave daño para la salud. Por lo tanto, no fue necesario el juicio.

Los dos procesados, uno con domicilio en Alhama y otro en la localidad sevillana de San Lucar La Mayor, se sentaron en el banquillo por unos hechos ocurridos el 30 de enero de 2014. Ese día ambos fueron sorprendidos por la Policía Nacional en el Centro Comercial Zaraiche de Murcia. Poco antes ambos habían despertados las sospechas de dos agentes que se encontraban en la zona para prevenir hurtos. Los policías observaron cómo dos individuos deambulaban durante varios minutos por el centro comercial e intercambian un paquete. Al identificar a ambos y registrar sus pertenencias, encontraron una bolsa con una sustancia en la cazadora del vecino de Alhama. En concreto se trataba de 86,57 gramos de cocaína con una pureza del 24,47%. Esta sustancias estupefaciente, señalan los magistrados en su sentencia, está valorada en 3.082 euros e iba a ser distribuida a terceras personas.

Tres años sin delinquir
La pena de dos años y la ausencia de antecendentes penales computables permitirán que ninguno de los dos condenados ingrese en prisión. Será así si cumplen dos condiciones. En primer lugar no deben volver a delinquir en los próximo tres años. Y ademas deberá abonar cada uno de ellos una multa de 1.500 euros en el plazo de doce meses, a razón de 125 euros mensuales, salvo la última cuota, que será de 175 euros.


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